Proyecto de Reforma Estatutaria

Consideraciones Generales

Luego de un ejercicio de revisión del estatuto vigente y de los puntos que se deben actualizar de acuerdo con las observaciones que recibimos por parte de la Secretaría de Educación Distrital, presentamos ante los asociados el PROYECTO DE REFORMA ESTATUTARIA, que fue preparado por la junta directiva y revisado en reunión del 26 de julio de 2023, para su lectura y análisis con el fin de ser llevado a nuestra próxima asamblea de asociados el próximo 9 de agosto de 2023 para su aprobación.

Se tuvieron en cuenta diferentes consideraciones y actualizaciones generales así:

  • Es conveniente eliminar referencias normativas desactualizadas. Es mejor no dejar ninguna referencia normativa expresa, pues estas varían con relativa frecuencia
  • Se ajusta el texto para aclarar que no todos los padres del GM hacen parte de la Asociación, sino sólo aquellos que voluntariamente decidan pertenecer a ésta
  • Con el ánimo de tener mayor claridad se define el concepto de miembro de la asocación, la configuración de familia o grupo familiar  y su representación en los diferentes espacios de participación y actos de la asociación
  • Se actualizan, modifican o eliminan normas que no dejen clara la independencia que debe existir entre la Asociación y los distintos órganos de gobierno del Colegio. La colaboración armónica entre la Asociación y el Colegio queda vigente en varias normas de los estatutos
  • Se incluyen en su totalidad las prohibiciones de las asociaciones de padres indicadas en el decreto aplicable
  • La norma que se propone reformar hace obligatorio a todos los padres del GM pertenecer a la asociación, lo cual no es conforme con la normatividad vigente ni las observaciones de la SED. La norma propuesta corrige esto y aclara varios aspectos de la condición de miembro de la Asociación. Especialmente, establece el número de votos que tendrá cada miembro o grupo familiar y da opciones al respecto. Se agregan también los derechos y deberes de los miembros de la Asociación.
  • El Consejo de Padres es un órgano del colegio, en el cual no puede tener participación la Asociación, ni viceversa. Los estatutos de la asociación no pueden regular el funcionamiento de ese Consejo. Por lo anterior se elimina de la norma y se ajusta en cuanto al Consejo de Padres, los padres representantes y las asambleas de curso
  • Así mismo todas las funciones asignadas en la norma vigente al Consejo de Padres se deben transferir la Asamblea de la Asociación.
  • La norma que se propone reformar indica que todos los padres del Colegio hacen parte de la Asamblea de la Asociación, lo cual no es correcto. La norma propuesta corrige esto y asigna funciones a la Asamblea.
  • Se agregan las funciones especiales que la Asamblea tiene, por aplicación de la regulación vigente, respecto de las cuotas extraordinarias y la posibilidad de nombrar a un representante del Consejo Directivo del colegio, siempre que se cumplan ciertas condiciones
  • Respecto a la asamblea, se amplía el término de convocatoria a las reuniones para que sea más razonable. Los estatutos actuales no establecen reglas expresas sobre el quórum para deliberar y decidir, por lo que estas se incorporan
  • Sobre la elección de la junta directiva se aclara ante quien debe hacerse la inscripción de las listas para su elección y se establece qué hacer en caso de ausencias parciales o absolutas de sus miembros.

Comentarios y Sugerencias

Esperamos sus valiosas sugerencias, inquietudes y comentarios. Plazo máximo agosto 3 de 2023